Hola a todos
Eadan, muy buen trabajo, como siempre. En la carta de donación del rey Sancho Ramírez, se encuentra ya la especificidad del nacimiento de los pobladores de Biota. No lo decimos nosotros, también textos historiográficos como este:
Citar:
En 1091 Sancho Ramírez entregaba las torres de Tormos y Biota a Fortún y Sancho Az nárez, con la cláusula de que el soberano se reservaba la mitad de los términos y de los pobladores que allí habitaran, mencionándose también la condición de que los receptores sólo debían atender al propio rey y su descendencia. Tenían aquellos lugares la consideración de extremadura, de confín, y con estos términos se nombra a varias poblaciones de la zona, entre ellas Biota, que tenía tal localización. De tal forma se les menciona en la dotación de San Salvador de Leire hecha con motivo de su consagración en 1098, cuando entre otros bienes se cedía la cuarta de todos los diezmos que el obispo Pedro de Pamplona recibía en Obano, Espaniés, Lacasta, San Lorenzo, Biota y de todas las poblaciones que están y estarán en toda laextremadura y en los límites de ésta
: vid.Martín Duque, Á. J., Documentación medieval de Lei-re (siglos IX a XII),Pamplona, 1983, doc 164.
ORDENAMIENTO JURÍDICO Y LEGALIDAD, ANA ISABEL LAPEÑA PAÚL, UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
Por la información de este documento, la villa de Biota estaba articulada en dos Concejos diferentes, uno en manos del Tenente otro en manos del propio rey. Por eso, hasta entrado el siglo XVIII, en documentos del Archivo Municipal de Biota, se pueden leer cosas como esta:
Citar:
“Año de MIL SETECIENTOS VEINTISIETE
In nomine Jesu sea a todos manifiesto que en presencia de Juan Ramírez Notario y de los testimonios de fue personalmente constituido el Egregio y muy noble señor Don Ximeno Ximénez, Vizconde de Biota, &&&&&&&&&& y plegado en Concejo el Alcalde con los vecinos y habitadores de la dicha villa de Biota... obligando a su Señoría, al otro concejo, universidad y singulares personas vecinos y habitadores de la otra villa de Biota.”
Vayamos con el segundo documento:
Citar:
“AÑO DE MIL SETECIENTOS CUARENTA
In Dei Nomine Amen, se a todos manifiesto, que llamado y convocado el Concejo de la villa de Viota(sic) por mandato de los oficiales infrascritos y por llamamiento del Honor de Miguel de San Juan, vecino y connedor público de otro villa, según que el otro connedor hizo fe y relación a mí Martín de Abiego Notario, presente los testigos infrascritos, el de mandamiento de los infrascritos oficiales había llamado y convocado el otro concejo de la otra villa de Viota, por los Lugares Públicos y acostumbrados de aquella por la hora y lugar presentes, y así llamado, convocado, adjuntado el otro concejo y universidad de la otra villa de Viota, en la puerta del cementerio de la iglesia del Señor San Miguel de la otra villa de Viota, donde otras veces, para tales y semejantes actos, cosas, el otro concejo y universidad de la otra villa se acostumbra juntas, en donde intervenimos y fuimos presentes nosotros, Domingo González, justicia, Antón de Ibero, Domingo de Aybar, jurados, Miguel Asín, Pedro Gil (una larga nómina),... confesamos y reconocemos que todos los vecinos y habitantes que presentes somos de la otra villa de Viota y los que por &&&&&&&&&& serán vecinos y habitantes de aquella, somos y serán tenidos y haremos y pagamos al Excelentísimo Señor Don Antonio Ximénez de Urrea, Conde de Aranda y Vizconde de Viota...”
Es decir, de todo lo leído, parece desprenderse:
1. El vizconde de Biota y el concejo de una villa de Biota se reunía delante de la puerta de Señora Santa María de Biota en 1727.
2. El otro concejo y universidad (de vecinos) de la otra villa de Biota, en 1740, parecen hacerlo en la puerta del cementerio de la iglesia del Señor San Miguel de la otra villa de Biota, donde otras veces, para tales y semejantes actos, cosas, el otro concejo y universidad de la otra villa se acostumbra juntas.
El concejo del vizconde se reunía delante de la puerta de Señora Santa María de Biota y el otro en la puerta del cementerio de la Iglesia del Señor San Miguel.
La cosa parece venir de lejos. Y es que el Rey Sancho Ramírez, en 1091, ya ha dejado una
cláusula por la que el soberano se reservaba la mitad de los términos y la mitad de los pobladores que allí habitaran, mencionándose también la condición de que los receptores sólo debían atender al propio rey y su descendencia.Desde esta perspectiva, la historia de Biota y la de sus iglesias románicas deben verse con otros ojos.
Un abrazo a tod@s